DELITO ECOLÓGICO.

Cumplimiento normativo en Alicante
Explotación de cantera que produjo perniciosos efectos en el medio, al recaer de modo artificial un inmenso páramo y por la realización de vertidos con sedimentos al cauce fluvial. Responsabilidad penal del consejero delegado con la función de dirección y control propios de la delegación. El dolo se aprecia, pues el acusado debe conocer el ámbito del desarrollo de su actividad en un entorno de seguridad que exige la norma. Reenvío a la norma administrativa sobre los requisitos de la actividad, que comprenderían una previa evaluación de impacto ambiental que no se realizó. Agravación por clandestinidad.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación y confirma la sentencia de condena de la Audiencia Provincial de León por delito ecológico.
Enlace de descarga de la Sentencia.