El Tribunal Supremo vuelve a condenar por blanqueo a varias empresas sin sistema de Compliance

Cumplimiento normativo en Alicante.

Una vez más, el Supremo es firme a la hora de condenar a las empresas que no cuenten con planes de prevención de riesgos penales o compliance penal. Así lo ha vuelto a hacer en una sentencia en la que dos de las sociedades condenadas lo fueron ya también en la primera sentencia condenatoria del Alto Tribunal, en febrero de 2016, por tráfico de drogas.

Esta vez lo hace con ocasión de resolver los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a seis empresas por un delito de blanqueo de capitales (artículos 301.1 y 2 y 302.1 del Código Penal) a penas de multa de hasta 3.600.000 euros, a una de ellas a su disolución y a otra a suspensión de sus actividades y clausura de locales.

Enlace al artículo de Cinco Días, de El País.

 

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