Canal de denuncias

Formulario de denuncias

Con este formulario podrás realizar tu consulta de forma anónima y sin ningún tipo de compromiso

 
1. OBJETO Y ALCANCE.
El presente Canal de Comunicación y Denuncia (en adelante Canal) tiene por objeto establecer un procedimiento de comunicación con el Órgano de Cumplimiento de la empresa COMPLIANCE CONTROL EMPRESARIAL, SLP, para sus empleados y para terceros que conozcan o mantengan relación comercial o contractual de cualquier clase, o utilicen sus servicios, sobre aquellas conductas o hechos relacionados con una actuación u omisión inadecuadas o presuntamente delictiva.

2. COMUNICACIÓN.
La comunicación se efectuará preferiblemente rellenando el modelo de formulario disponible en las páginas Web de la empresa, debiendo adjuntar toda la documentación de la que se disponga y que sirva de soporte justificativo de la misma.
La persona comunicante tiene el deber de emplear el presente Canal de acuerdo con la buena fe. Asimismo, podrá, si así lo desea, estar disponible para cooperar con el Órgano de Cumplimiento durante todo el proceso de investigación de los hechos comunicados.

3. TRAMITACIÓN DE LA COMUNICACIÓN.

La comunicación se enviará al Órgano de Cumplimiento por correo postal, correo electrónico, o cualquier otro medio que permita acusar recibo del envío efectuado, cumplimentando el modelo de denuncia que se acompaña.
Las direcciones de envío de comunicaciones al Órgano de Cumplimiento son las siguientes:
a) Por correo a la dirección postal a la siguiente dirección:
Comité de Cumplimiento COMPLIANCE CONTROL.
Calle El Salvador, nº 17 - 03203 – ELCHE (Alicante – España)
b) Correo electrónico a denuncias@compliancecontrol.es
c) Presentación en el domicilio indicado de forma presencial.
Se mantendrán actualizadas en la página Web de la sociedad las direcciones a las que se deberán dirigir las comunicaciones.

4. INFORMACIÓN AL COMUNICANTE.

La persona que por medio del procedimiento establecido en este Canal comunique una actuación u omisión susceptible de implicar alguna actuación inadecuada o un riesgo de imputación penal, si así lo desea, será informada de forma resumida, por el Órgano de Cumplimiento, del resultado de su comunicación.

5. DERECHO A LA INTIMIDAD, HONOR Y PROPIA IMAGEN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Se garantizará siempre y en todo momento, la confidencialidad de la denuncia, así como el derecho a la intimidad, el honor y la propia imagen de todas las personas que participen o se vean involucradas, directa o indirectamente, en las actuaciones establecidas en el presente procedimiento.
Las comunicaciones realizadas durante el procedimiento generarán un expediente, que se identificará con una referencia, omitiendo en dichas comunicaciones cualquier identificación de las personas implicadas.
Todas las personas que intervengan en las actuaciones derivadas del presente Procedimiento tendrán la obligación de guardar secreto sobre los datos e informaciones a los que hayan tenido acceso durante la tramitación del mismo. La transgresión de esta obligación será sancionable. En todo caso, se dará cumplimiento a lo regulado en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, respecto a todas las personas involucradas en las actuaciones establecidas en el presente Procedimiento.
 

 

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    Documentación adjunta: No