Sentencia del Tribunal Supremo Nº: 221/2016 de fecha 16/03/2016 sobre la responsabilidad de las personas jurídicas.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO Nº: 221/2016FECHA SENTENCIA: 16/03/2016

PONENTE: EXCMO. SR. D. MANUEL MARCHENA GÓMEZ, RECURSO CASACION Nº: 1535/2015

 

RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. DERECHO A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: La sentencia núm. 154/2016, 29 de febrero, dictada por el Pleno de la Sala Segunda, ha abordado algunos de los problemas más relevantes ligados a la interpretación del art. 31 bis del CP. La existencia de un voto particular que acoge la opinión de siete Magistrados que, pese a la coincidencia en el desenlace del recurso, difieren de algunos de los núcleos argumentales del criterio mayoritario, es bien expresiva de la complejidad del tema abordado. Ese voto particular también refleja la conveniencia de aceptar la existencia de puntos controvertidos que aconsejan no interpretar algunas de las soluciones proclamadas como respuestas cerradas, ajenas a un proceso ulterior de matización.

En definitiva, en la medida en que el defecto estructural en los modelos de gestión, vigilancia y supervisión constituye el fundamento de la responsabilidad del delito corporativo, la vigencia del derecho a la presunción de inocencia impone que el Fiscal no se considere exento de la necesidad de acreditar la concurrencia de un incumplimiento grave de los deberes de supervisión. Sin perjuicio de que la persona jurídica que esté siendo investigada se valga de los medios probatorios que estime oportunos –pericial, documental, testifical- para demostrar su correcto funcionamiento desde la perspectiva del cumplimiento de la legalidad.

 

Enlace: http://s03.s3c.es/imag/doc/2016-03-16/STS_SegundaResponsabilidad.pdf

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